El resultado incluso tuvo cierto coste político en el seno del Ayuntamiento y se dieron casos de carácter técnico como la suplantación de identidad de un representante de la oposición municipal. Uno de los aspectos clave de la consulta es que el Ayuntamiento optó por la Carta Municipal en lugar de la legislación vigente en Catalunya y el Estado sobre consultas populares y que entre otros mecanismos prevé la presencia de una Junta Electoral o el control del gasto en campañas así como la cobertura legal de ciertos hechos como el carácter vinculante de la consulta, la fiabilidad del voto electrónico, la publicidad, etc…
Espero haber ilustrado con esta entrada las posibles problemáticas en la implementación del voto electrónico y a la vez motivar la reflexión al respecto.
Aprovecho la entrada para dejaros el enlace a un blog dedicado al voto electrónico que he encontrado navegando y que espero os pueda resultar de interés: http://reniu.blogspot.com/
Saludos,
Simbad.
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